EL CAMBIO DE NOMBRE EN CHILE
¿Haz pensado alguna vez en el Cambio de tu Nombre?
Nuestra ley permite el cambio de nombre bajo determinadas circunstancias.
Como cambiarse el nombre en Chile es una duda que muchas personas tienen.
Generalmente, estas personas corresponden hijos cuya motivación es no llevar el nombre de un padre que los abandonó.
Otros, buscan reconocer, con el cambio de nombre, a quien realmente los crió, es decir, la madre o algún otro pariente como abuelos o tíos.
Finalmente, y la mayoría, madres que buscan quitarle a su hijo menor de edad el nombre de un padre ausente.
¿Es este alguno de tus casos? Entonces sigue leyendo este artículo.
Requisitos del Cambio de Nombre
Nuestra ley establece 4 requisitos para el Cambio de Nombre. Pueden ser:
- Que sus nombres sean ridículos, risibles o les impliquen menoscabo moral o material.
- Haber sido conocido por más de 5 años por motivos plausibles con nombres o apellidos diferentes.
- Para agregar un apellido a los hijos cuya filiación no se encuentra determinada o tengan ambos apellidos iguales.
- Cuando las voces no sean de origen español para castellanizarlas o modificar su pronunciación o escritura.
Cómo Cambiar mi Nombre
Lo primero es tomar la decisión interna de hacerlo.
Luego, lamentablemente, entramos nosotros los abogados. Por ley, como en todo juicio, te debe representar un abogado, por lo que deberás contratar uno.
Este deberá redactar la solicitud, la revisas, y se presenta en los tribunales. Hoy en día esto se hace por internet y tu abogado se encargará de ello.
La demanda deberá presentarse en el juzgado de letras civil competente a tu domicilio.
Un detalle: Más allá de que la demanda se presente por internet, deberas estar preparado para firmarla frente al secretario del tribunal, salvo que des un mandato judicial.
Presentada la demanda el tribunal la proveerá y ordenará distintos tramites dependiendo de la edad del solicitante.
Todos, si o si, necesitarán estos 3 trámites.
- Información Sumaria de Testigos: Es un trámite donde dos testigos al menos deberas declarar ante un receptor judicial, que te conocen y pueden dar fe de los motivos que impulsan tu solicitud de cambio de nombre.
- Informe del Registro Civil: Básicamente tiene el propósito de informar si tienes hijos, cosa de darte la oportunidad de hacer el cambio extensivo a ellos, y, por el otro lado, saber si has sido condenado a pena aflictiva. ¿Te imaginas si un condenado pudiera cambiar su nombre para eludir una pena o darse a la fuga?
- Publicaciones en el Diario Oficial. Corresponde al encargo de una publicación de tus intensiones de cambiarte de nombre en el diario oficial (no es un diario comercial, se llama así: «Diario Oficial»), de la cual debe pasar un plazo de 30 días en el cual se espera que alguien pudiese oponerse al cambio. Estas publicaciones tienen la suerte de ser totalmente gratuitas.
Si se pide como menor de edad, es posible que el tribunal ordene 2 tramites más: a) citación del otro padre, y b) citación al menor de edad.
Cumplido con todo eso y los requisitos expuestos anteriormente, se ordenará el cambio en tu certificado o inscripción de nacimiento.
Obtenida la sentencia, deberás acercarte con ella y el certificado de ejecutoria de esta (no te preocupes, tu abogado se encarga de eso) y pides inscripción en el registro civil.
Con ello, pasadas unas semanas, tu nombre estará cambiado.
¿Trámites posteriores? Básicamente dar cuenta donde corresponda de que te cambiaste el nombre. Por ejemplo: Si tienes una propiedad a tu nombre, avisar al conservador para que tome nota de tu nuevo nombre, o parecerá que esa propiedad no es tuya.
Gastos de un Cambio de Nombre
Debe pagarse la información sumaria de dos testigos en la mayoría de los casos. El costo oscila en los $30.000 por cada uno. Esta declaración debe ser tomada por un receptor judicial.
¿Cuanto Demora?
Depende del Tribunal en el que se vea tu causa. Sin embargo en promedio son 3 a 5 meses para obtener la sentencia donde se autoriza el cambio.
Le afecta a mis hijos el cambio de nombre?
Se hace extensible a los hijos sujetos a la patria potestad, siempre y cuando se pida al momento de solicitar el cambio.
También se hace extensible a los demás descendientes que consientan en ello. Con «ademas» descendientes, nos referimos a hijos no sujetos a patria potestad, es decir, los mayores de edad.
¿Puedo arrepentirme después?
No, sólo se permite el cambio una vez en la vida. La única «excepción» son los hijos menores de edad a quienes se les cambió el nombre por la solicitud de uno de los padres. Ellos, cumplida la mayoría de edad, podrán cambiarlo como deseen según las causales que indica la ley.
¿Afecta a la Herencia el cambio de apellido?
No, el cambio no altera la filiación, es decir, no altera quien es legalmente tu padre o tu madre, por lo que los derechos hereditarios se mantienen intactos, para bien o para mal.
El Padre Ausente
Unos de los casos más preguntados es el cambio de nombre de un menor de edad si el padre ha sido ausente.
¿Se puede? Si, bajo determinadas circunstancias. Sin embargo debe entender que aquello no significa que esa persona deje de ser el padre legalmente ni el menor su hijo. Aquello no se logra con un juicio de cambio de nombre.
Si lo que le interesa es que deje de ser el padre, para eso está la adopción, si se cumplen todos sus requisitos, para lo cual básicamente debes tener quien esté dispuesto a adoptarlo como hijo.
Volviendo sobre las circunstancias que podrían llevar a cabo, lo primero es analizar cual de las causales permitiría el cambio de nombre de un menor de edad.
Lo ideal es utilizar la causal que dice relación con ser conocido por más de 5 años con otro nombre. Lo que inmediatamente pone un límite: El menor tiene que ser mayor de 5 años.
Si bien todo puede argumentarse, es muy dificil probar un daño moral real y tangible en un menor de 5 años, por lo que en los casos de padre ausente, lo mejor es esperar a que el menor tenga más de 5 años. Idealmente, que tenga sobre los 12., pues mientras más cercano a los 5, más probabilidad de rechazo.
Lo importante es que lo solicite su representante legal (madre o padre que tenga el cuidado personal). Debe considerase, que cuando son menores de 18, los tribunales suelen citar al otro padre, para que manifieste su opinión respecto del cambio de nombre. Así mismo, citará al menor para ver si comprende lo que está pidiendo. Por estos motivos, es mejor esperar a que tengan al menos 12 para tener un caso seguro.
Cambio de Nombre en el Registro Civil
Cabe hacer presente, que el procedimiento anteriormente expuesto no aplica cuando el problema con tu nombre sea solo una falta de ortografía o errores de tipeo.
En este caso, basta que como afectado te acerques al registro civil, sin necesidad alguna de abogado.
7 Casos típicos de cambio de apellido
Mucha gente como tú ya han hecho el cambio de su nombre. Nuestra experiencia nos ha permitido identificar casos típicos, con los que quizás te identifiques. Ellos ya lo cambiaron.
- Honrar quien los crió. Muchas personas usan el cambio de apellido para rendir honores a quien les crió. Generalmente se refiere a abuelos y tíos
- Adultos que piden invertir sus apellidos para poner el de su madre, primero que el del padre que no estuvo ahí para ellos como les hubiera gustado.
- Hijo o Hija que quiere llevar como apellido paterno, el del hombre que la crío y no de quien fue solo el padre biológico.
- Cargar con un nombre que siempre ha generado burlas o que simplemente te incomoda.
- Personas que se presentan con un nombre distinto al legal y que están cansadas de dar explicaciones cada vez que alguien se ve confundido.
- Eliminar el apellido paterno por el abandono del padre cuando el solicitante era menor de edad y le causa una carga emocional recordarlo siempre por llevar su apellido primero.
- Los que estando en cualquiera de estas circunstancias, están a punto de titularse y quieren que su titulo tenga el nombre que los definirá de por vida.
Conclusiones
Pocas cosas en la vida tienen tanto valor como el reconocimiento.
En ese sentido, el cambio de nombre como forma de reconocer a quien realmente lo merece, es un hermoso gesto, primero, para ti por reconocer tu identidad, pero mucho más para la persona que quieres homenajear con el cambio.
Si bien como vimos este no es el único motivo, es el que mueve a la gran mayoría.
¿Dudas? Déjanos un mensaje más abajo y estaremos pendiente para ayudarte a tomar la decisión.